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Reforma del Decreto de la Calidad Agua Potable en Costa Rica

El Ministerio de Salud realizó una actualización del reglamento de la Calidad Agua Potable mediante el Decreto Nº 41499-S

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21/03/2019 - Medio ambiente


Este decreto Nº 41499-S es una reforma y adición al decreto ejecutivo Nº 38924-S, y ha sido publicado en el diario La Gaceta el día 22 de enero del presente año.


El reglamento indica que, de acuerdo con el control de calidad del agua potable, debe haber una evaluación continua y sistemática del agua suministrada a las personas, desde la fuente, planta de tratamiento, sistemas de almacenamiento y distribución. En el agua se determinan la presencia de sustancias químicas, de agentes biológicos y físicos. Todos los operadores de acueductos de agua potable en todo el territorio nacional deberán ajustarse a lo establecido en el presente reglamento, con la finalidad de garantizar la calidad del agua.


Con la actualización del decreto, se modificaron algunos parámetros que se analizaban en los diferentes niveles de análisis. Dentro de estos se encuentra el parámetro sabor, el cual corresponde a una determinación sensorial de interpretación subjetiva y de riesgo para los funcionarios de los Laboratorios que lo realizan. Por estas razones se decide eliminar el parámetro sabor de todos los niveles de análisis del agua. Además, se puede tomar en cuenta que existen otros parámetros presentes en el citado reglamento que determinan la presencia de sustancias que le dan sabor al agua.


Por lo tanto, a partir de la actualización del decreto, para el control operativo se deben realizar mediciones periódicas únicamente de los parámetros: turbiedad, olor y cloro residual. En cuanto al nivel 1 de análisis se mantienen los mismos parámetros eliminando la determinación del parámetro sabor.


Además, según el decreto, el cianuro es un compuesto de alta toxicidad al ser ingerido, sin embargo, no es posible encontrarlo de forma natural en las fuentes de agua y solamente se podría encontrar debido a la contaminación causada por actividades antropogénicas de algún proceso. Por esta razón, también se decide eliminar el parámetro cianuro del Nivel 3 de análisis. Debe ser determinado de acuerdo con situaciones especiales de emergencia o porque la inspección sanitaria realizada por el Ministerio de Salud indica que representa un riesgo inminente por la contaminación del agua.


Es por eso que AGQ Labs ha tomado las medidas necesarias para los respectivos cambios, contamos con la Acreditación de agua potable desde el 2017, a esto le sumamos la reforma del decreto de aguas potables que entró en vigor a partir de enero de este año. Contacte con nosotros para solicitar información adicional sobre nuestros servicios analíticos de aguas.


Aquí podrá encontrar más información sobre la reforma publicada en el diario La Gaceta el martes 22 de enero del 2019.